El patinete eléctrico está convirtiéndose en el medio de transporte favorito de muchos, especialmente para desplazamientos hasta el centro de trabajo, y como herramienta de trabajo para repartidores, vigilantes, y comerciales.

Según la última resolución publicada en mayo de la Agencia tributaria, los trabajadores por cuenta propia que utilicen el patinete eléctrico como medio de transporte y aquellos que desarrollen con él su actividad tienen la posibilidad de deducirse el IVA.
Para poder desgravarse el IVA, el patinete en cuestión debe superar los 25 km / h, por lo que se equiparan a un ciclomotor, y para ello es necesaria la licencia AM, y llevar casco, si el patinete supera los 45 km / h alcanza la categoría de motocicleta.
En estos casos podrás deducirte el 50% del IVA al igual que con la compra de un coche o moto, pero si es una herramienta imprescindible para la realización de tu trabajo como pasa con los repartidores o comerciales, por ejemplo, sí que puedes desgravarte el 100% del IVA